La intendente Brunazzo decretó el cierre de sus dependencias hasta el 31 de marzo y dispuso guardias mínimas para evitar la propagación del virus Covid19. Además, suspendió actividades artísticas, culturales, sociales y deportivas. No podrán abrir bares y restaurant. Postergan los vencimientos de tributos locales.
Coronavirus: El Municipio de Sastre refuerza las medidas preventivas.
Frente al avance de la pandemia del coronavirus y en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria por la Ley N° 27.541, la Municipalidad de Sastre resolvió adoptar diferentes medidas que enfaticen la fase de contención para evitar la propagación del virus COVID-19 y garantizar las respuestas del sistema de salud pública provincial.
Luego de confirmarse un “caso sospechoso” de coronavirus, el Ejecutivo local dispuso el cierre del Palacio Municipal y sus dependencias hasta el 31 de marzo del 2020, con carácter preventivo y estableció un servicio de una guardia mínima a los fines de atención telefónica para urgencias, comunicándose al 480090/110 (por la mañana) o a los celulares 15-405746 o 15-402801.
“El personal del gabinete municipal asistirá a las oficinas para atender todos los reclamos. Esta mañana se decidió enviar a sus viviendas al personal de oficina. Ahora, debemos resolver como se prestará el servicio de IAPOS”, afirmó este mediodía la intendente María del Carmen Brunazzo en diálogo con el programa “Viva la Mañana” que se emite por RadioGuía FM 104.9.
Según el decreto N° 2994, el Municipio suspendió las actividades de forma preventiva en la localidad de Sastre y Ortiz, realizadas en Institutos Privados, gimnasios, cines, canchas de fútbol 5, salones de fiestas infantiles, sedes sociales de clubes como así también las actividades deportivas y civiles que se realicen en los mismos, centros culturales, centro de jubilados y sus actividades, talleres artísticos y culturales privados y/o públicos, bares y restaurantes, confiterías bailables, cafeterías y bares localizados en los comercios o shops de estaciones de servicios, dentro de la localidad de Sastre y Ortiz.
La norma establece que, en caso de bares y restaurantes, “podrá permanecer abierto el servicio de delivery a domicilio o retiro de productos en el lugar”. En el caso de comercios o Shops de estaciones de servicio, el mismo podrá permanecer abierto como Kiosco, sin atención al público en las mesas del mismo. De igual modo, se dispone la suspensión del servicio de mesas en heladerías y pizzerías en la jurisdicción de Sastre y Ortiz, pudiendo realizar servicio de delivery a domicilio o retiro en comercio con los recaudos correspondientes y respetando las normas de higiene y salubridad.
Por otra parte, fueron suspendidos preventivamente la realización de todo tipo de actividades culturales evento o festejo de tipo privado que impliquen la reunión masiva de personas.
En tanto, los Geriátricos y Hogares de Ancianos habilitados en la localidad deberán cumplir la restricción al máximo de lo posible de las visitas de terceras personas ajenas al mismo; extremando los cuidados de higiene y salubridad de los adultos mayores en ellos alojados.
Asimismo, el decreto dispone conminar a los supermercados, almacenes, mini mercados, panaderías, carnicerías, verdulerías y pescaderías de la localidad a restringir el acceso masivo a los mismos, realizando la cola para el acceso en la vereda, guardando la distancia de los asistentes al mismo. Se los conmina, asimismo, a dar preferencia para la atención de mayores adultos de más de 60 años durante la primera hora de atención a los mismos.
También incluye a los todos los comercios, cooperativas, asociaciones civiles y empresas de la localidad de los rubros no nombrados en artículos anteriores, a restringir el acceso a los mismos, a un máximo de no más de 3 personas por vez.
En otro orden, se supende hasta el 31 de marzo las inscripciones para la adquicisión de lotes como así también todos los vencimientos de tributos municipales del mes de marzo, se prorrogaron al 15 de abril.
Por último, se obliga a la población de reportar síntomas que sean compatibles con el coronavirus (COVID 19), lo que deberán informar de inmediato dicha situación al SAMCO local y a la Comisaria Primera a través del N° 911.
“El incumplimiento de las medidas dispuestas en la presente ordenanza será pasible de clausura del local o establecimiento en infracción desde 15 días y/o hasta 30 días corridos”, expresa el articulado.





