El Ejecutivo desmintió la nota publicada en La Capital y replicada InfoSastre. Se informó que el producto aplicado en cercanías de una vivienda a la que hace referencia el artículo, era un fungicida permitido. Confirmaron multa por otro caso.
El Municipio no recibió denuncias por fumigaciones.
En respuesta a la nota publicada el 19 de marzo de 2018 en el Diario La Capital de Rosario y compartida en el portal infoSastre, la Municipalidad de Sastre y Ortiz emitió un comunicado afirmando que “no hay en el Municipio denuncia alguna que refleje los hechos relatados”.
En ese contexto, el Ejecutivo aclaró que cuando “se reciben denuncias de ese tipo se articulan los mecanismos necesarios a los fines de desertar la conducta ilegal”, con las sanciones correspondientes.
Asimismo, precisaron que la Municipalidad cumple con la Ordenanza vigente. “En el caso, que alguien no la respete, el Municipio lo hace respetar desplegando el procedimiento correspondiente”, indicaron.
También anunciaron que el bloque de concejales del oficialismo preparó una modificación a la Ordenanza que regula la fumigación y utilización de agroquímicos, ya que las misma ha quedado desactualizada. La iniciativa se presentará para su tratamiento este martes 20 de marzo, el mismo día que los vecinos se autoconvocaron para asistir al Concejo Municipal.
Por último, dejaron en claro que desde el diario La Capital nadie se comunicó para averiguar la existencia de las supuestas denuncias, su veracidad y en su caso, su trámite.
“A esta gestión le preocupa la salud de la población y no como falsamente asevera la nota”, resaltaron.
El portal InfoSastre consultó a la Administración Municipal por las supuestas denuncias que menciona la publicación. En el caso que se viralizó en los últimos días de febrero en cercanías de Barrios Güemes, el Ejecutivo autorizó la aplicación de un fungicida banda verde en un lote de “soja intacta”, un producto que está permitido y no es contaminante.
En cuanto al otro reclamo, en un campo ubicado al noreste de la ciudad, a escasos metros del Club Atlético Sastre, se constató que se estaba fumigando sin autorización, por lo que se labró un acta y continuó el trámite.
Según la actual Ordenanza vigente en la ciudad de Sastre, para fumigar con agroquímicos mediante mecanismos terrestres, la distancia mínima es de 100 metros. En la tanto, la aplicación aérea, el mínimo es de 3.000 metros.





