El Juzgado de Faltas de Sastre tiene competencia para juzgar infracciones de tránsito cometida en la provincia y labrada por Policía Vial. El secretario del Tribunal, Bruno Sargiotti explicó su funcionamiento. Procedimiento y sanciones.

   A partir de un convenio firmado en julio pasado entre la Municipalidad de Sastre y Ortiz y la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV), el Juzgado de Faltas Municipal se incorporó al Sistema de Juzgamiento y Administración de Infracciones de Tránsito de la provincia de Santa Fe.

   Este sistema tiene como principal finalidad registrar toda la información provincial de antecedentes de tránsito de la provincia de Santa Fe en una única base centralizada. Además, permite unificar los procedimientos y criterios de aplicación en las tareas de control y juzgamiento de infracciones, reducir índices de incumplimiento de penas y, por ende, lograr mayor efectividad en la aplicación de la ley.

   Actualmente hay 24 juzgados habilitados en toda la provincia de Santa Fe, de los cuales cinco se encuentran en la Región II: Bella Italia, Angélica, Sunchales, Rafaela -dos nominaciones- y Sastre y Ortiz.

   Con esta nueva estructura, el Juzgado de Faltas Municipal, creado en 1988, continúa bajo la órbita del Dr. Juan José Combina y se agrega la secretaria letrada, a cargo del Dr. Bruno Sargiotti y la designación de Luis Beltramo como auxiliar administrativo.

  Este convenio de coordinación y complementación para el control de Tránsito y la Seguridad Vial, permite la aplicación de dos normas provinciales, la Ley 13.133 que crea la Agencia Provincial de Seguridad Vial y adhiere a la Ley Nacional de Tránsito; y por otro lado, la Ley 13.169 que limita los alcances de adhesión a esa reglamentación nacional y tipifica todas las faltas de tránsito, asignando las sanciones correspondientes a cada infracción (valores de multas, tiempos de inhabilitación para conducir, etc.).

   De esta manera, se pueden “tomar” causas de los demás juzgados habilitados de manera virtual. Es decir, si se comete una infracción en Reconquista o Venado Tuerto labradas por la Agencia de Seguridad Vial, el juzgado de Sastre puede “tomarla” y radicar la causa para realizar el trámite en Sastre.

   En diálogo con InfoSastre, el secretario del Juzgado Bruno Sargiotti brindó detalles sobre el funcionamiento del organismo y cómo proceder ante la notificación de una multa cometida en territorio santafesino.

   “Las notificaciones pueden ser de dos tipos: Notificaciones personales, a través de los controles que lleva a cabo el personal de Seguridad Vial en rutas, que pueden ser infracciones por falta de revisión técnica, falta de la póliza de seguro, vigencia de licencia de conducir, etc. En este primer caso, se entrega en el momento del control una copia del acta donde se notifica de la infracción cometida. El otro tipo de notificación, es cuando se constatan presuntas infracciones a través de cinemómetros”, explicó y agregó que a diferencia de otras provincias, la notificación llega a domicilio con aviso de retorno por Correo Argentino y se recibe dentro de los 60 días de constatada la presunta infracción.

   En ese contexto, Sargiotti dejó en claro que la señalización vertical específica -como se instaló en los accesos a la ciudad de Sastre o Clucellas- solamente se requiere cuando hay controles de velocidad en travesías urbanas o cuando por algún motivo especial debe reducirse la velocidad ante la realización de alguna obra. “Si la ruta no tiene ningún inconveniente y la velocidad máxima es la normal para esa vía (110 km/h, 120 km/h o 130 km/h para autopista) no es necesaria la señalización de radar atento a las disposiciones que emanan del Observatorio Vial de la Provincia”, argumentó.

   El funcionario dejó en claro que en materia de tránsito, se da una paradoja muy grande. “Sacando las muertes por enfermedad, la causa número uno de muerte en argentina, se producen en accidentes de tránsito. Y las normas de tránsito son de las normas más transgredidas y menos cumplidas, generando una sensación de impunidad”, afirmó.

Qué hacer y cómo es el procedimiento ante una multa

   Una vez recibida la notificación, ya sea personal o vía postal empiezan a correr determinados plazos. En el primer supuesto (notificación personal), el presunto infractor tiene un período de 30 días corridos para comparecer al Juzgado a presentar pruebas de descargo o acogerse al beneficio del pago voluntario en caso de reconocer el contenido del acta labrada. Este beneficio implica una reducción del 50% del total de la multa que corresponda, tal y como lo prevé la Ley Nacional y Provincial de Transito.

   En el segundo supuesto (notificación vía postal) la prueba de descargo debe presentarse dentro de los 30 días contados a partir de la fecha de vencimiento del pago voluntario.

   De no realizar ninguna acción, el Juzgado se encuentra habilitado para resolver el caso dentro de los próximos 30 días declarando la rebeldía del infractor. Una vez que se efectúa el descargo se registra en el sistema y en caso de ser desestimado el mismo, automáticamente la persona pierde el beneficio del 50% de descuento.

   Una vez notificada la resolución desde el juzgado, dentro de los diez días hábiles, se puede interponer Recurso de Reconsideración, que puede ser admitido o no y será resuelto por el mismo Juzgado de Faltas. Desestimado dicho recurso, dentro de los 5 días hábiles el recurrente podrá interponer Apelación Jerárquica ante el Ejecutivo Municipal agotando de esta forma la vía administrativa. De confirmarse la resolución del Juzgado, la persona tendrá cinco días hábiles para presentar el recurso de Nulidad y Apelación ante la Justicia Ordinaria.

Cuáles son las sanciones

   La Ley N° 13.169 establece los tipos de penas que se pueden aplicar, ya sea multa, inhabilitación para conducir, amonestación, pena en suspenso, trabajos comunitarios o asistencia a cursos especiales orientados a educación vial.

   En las faltas graves no se prevé el beneficio del pago voluntario, como puede ser la falta de seguro o un caso de alcoholemia. Hay otro tipo de castigos que son sustitutivos como la amonestación y la obligación de realizar trabajos comunitarios. “Se está aplicando amonestación a una causa leve o subsanable a quienes no tengan antecedentes en materia de Transito”, señaló y ejemplificó: “olvidarse de cambiar la póliza de 2016 por la de 2017, siempre y cuando haya hecho la renovación, podrá presentarse en el Juzgado y aportar la nueva”.

   Si bien aún no se aplicó la pena de “trabajos comunitarios”, a la sanción para una persona reincidente se le agrega la obligación de estudiar algún tema relativo a la seguridad vial y exponerlo por ejemplo en alguna Escuela Primaria. En tanto, otra de las sanciones serían las “accesorias”, donde la persona deberá concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.

   En lo que se refiere a multas por alcoholemia, el infractor deberá abonar un monto de 300 Unidades Fijas -unos 6.200 pesos- y la pena de inhabilitación para conducir mínimamente por 15 días hábiles. Según se informó, cada UF equivale al valor de un litro de nafta súper, que en la actualidad cotiza a $ 20,83$. De hecho, varios controles se realizaron en la ruta 13, en jurisdicción de San Jorge en el último mes.

   En caso de reincidencia por alcoholemia, en la primera contumacia, la multa se aumenta un 25% como así también la inhabilitación para conducir extendiéndose entre 1 o dos meses. A la segunda reincidencia, el monto se aumenta en un 50 por ciento y en una tercera un 75 por ciento.

   “Las infracciones que más se repiten, son las de exceso de velocidad, por falta de revisión técnica obligatorio y falta de seguro”, recordó.

   Desde su habilitación en enero pasado, al Juzgado de Faltas Municipal ingresaron 131 causas, de las cuales se dictaron: 8 absoluciones, 54 amonestaciones, 21 pagos voluntarios, 19 a monto completo, 10 multas más inhabilitación para conducir, 6 multas en suspenso y 13 que esperan resolución.

Cuando no se paga la multa

   En caso que el infractor no abone la multa impuesta y no interponga recurso alguno, la deuda pasa a la Ejecutora Fiscal de la Municipalidad, que tiene a su cargo la ejecución de las resoluciones impagas, a través del juicio de apremio en la Justicia Ordinaria.

   El juzgado de Faltas nutre al sistema provincial de antecedentes de tránsito y a su vez al sistema nacional. Con la licencia nacional de conducir, se tendrá acceso a todos los antecedentes de la persona, que se mantendrán vigentes durante dos años en casos de faltas graves y un año en caso de faltas leves.

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