El Concejo sancionó una ordenanza que elimina el uso de las contaminantes bolsas de nylon tipo camiseta, ya sean biodegradables o no. Solo se podrán utilizar las bolsistas de bobina o de arranque. La norma comenzaría a regir en 60 días.
Los comercios de Sastre no podrán entregar más bolsas plásticas a sus clientes.
Los sastrenses deberán transitar un período de cambios que impactará en costumbres muy naturalizada, como la de transportar mercaderías en bolsas plásticas que les proveen los diferentes comercios de la ciudad.
En la última sesión del Concejo Municipal, se aprobó por unanimidad la Ordenanza N°1.106/18 que prohíbe la utilización de bolsas de nylon, polietileno, polipropileno y las llamadas “oxi-biodegradables” de tipo camiseta para el expendio de mercaderías de supermercados, almacenes, comercios e industrias en general, en todo el ejido municipal de la ciudad de Sastre y Ortiz.
La norma exceptúa a aquellas bolsas destinadas exclusivamente a contener alimentos húmedos, o comestibles que no estén previamente envasados, llamadas transparentes de bobina o de arranque.
La implementación de Ordenanza será gradual, y entrará plenamente en vigencia 60 días después de la promulgación del Ejecutivo. Además, el Municipio deberá disponer los plazos a cumplimentar por los diferentes tipos de comercios existentes a los fines de que, a la fecha prevista, la erradicación de la utilización de bolsas plásticas sea total.
Desde 2009, está vigente la Ordenanza 783 que exige el reemplazo de las bolsas de polietileno y/o cualquier otro material no degradable por bolsas oxi-biodegradables.
Por otra parte, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá aprobar la elaboración de bolsas de otro material, ya sea de tela, papel, u otro material, o podrá fomentar la fabricación a través de micro emprendimientos o cooperativas locales, que por sus características sean reutilizables, ayudando a la generación de conciencia ciudadana sobre el uso de este tipo de materiales.
Asimismo, los concejales del Frente Progresista Cívico y Social que presentaron el proyecto, propusieron la venta de bolsas biodegradables en los diferentes negocios, de materiales vegetales, para que cada frentista pueda arrojar sus residuos domiciliarios. “La finalidad de este régimen es tomar conciencia de que la basura la producimos entre todos, y el cuidado del medio ambiente es un deber de todos”, expresaron los autores de la iniciativa, Oscar Cagliero, Susana Bruno y Edgardo Figueroa.
La legislación prevé sanciones para los comercios que no acaten o trasgredan la prohibición. En el primer incumplimiento, se apercibirá al infractor mientras que en la segundo falta, se aplicará una multa de 150 unidades fijas (la UF equivale a un litro de nafta súper). De constatarse una tercera violación a la norma, el apercibimiento será de 300 UF. En caso de una nueva reincidencia, se procederá a la inhabilitación comercial por el término mínimo de tres días hábiles y una multa de 100 UF.
Por otra parte, deberán realizarse campañas de concientización en los medios de comunicación, cartelería en los comercios con información de la ley y su implementación y la presentación en los colegios de la ciudad.
La Ordenanza N°1.106/18 se funda en la necesidad de implementar políticas públicas para el cuidado de medio ambiente y reducir la cantidad de bolsas que se utilizan a diario en la ciudad. No obstante, destacaron el éxito que ha tenido su implementación en otros municipios como los de San Jorge, El Trébol, Villa Gesell, Villa General Belgrano, Firmat, entre otras.




