Tras dos meses de trabajo, el pleno de la Convención Reformadora sancionó el nuevo texto de la Constitución provincial, que modificó 42 artículos e incorporó otros 46. Incorpora disposiciones sobre seguridad, transparencia y límites al ejercicio del poder político.

La sesión comenzó el martes, pasó a un cuarto intermedio, y continuó todo el miércoles.

   En la sesión plenaria iniciada ayer martes y finalizada este miércoles, tras un cuarto intermedio, la Convención Reformadora concluyó el debate y aprobó la disposición final del articulado de la nueva Carta Magna de Santa Fe. El texto consensuado recoge las reformas trabajadas en comisión y en plenario, que abarcan cambios en el régimen municipal, el funcionamiento del Estado, la ampliación de derechos y la modernización institucional.

   Con la incorporación de 46 nuevos artículos y la reforma de los 42 habilitados por Ley, la nueva carta Magna estará compuesta por 161 artículos. Además se incorporan 27 clausulas transitorias.

   De este modo, la provincia renueva su Constitución después de más de seis décadas de vigencia del texto de 1962. La aprobación en pleno representa el paso final del proceso deliberativo iniciado en julio, que incluyó reuniones de comisión, dictámenes y sesiones de debate. La aprobación de la nueva carta Magna contó con 52 votos positivos y 17 votos negativos. En tanto, las disposiciones también fueron aprobadas en general, con 52 votos positivos y 17 negativos.

   El próximo viernes, a partir de las 17 horas, se realizará en la Legislatura provincial el acto oficial de jura de la nueva Constitución, con la presencia de las máximas autoridades de los tres poderes del Estado, los convencionales constituyentes e invitados especiales. Con esta ceremonia, el nuevo texto quedará formalmente promulgado y entrará en vigencia.

   El texto definitivo fue aprobado y la nueva Constitución fue establecida y estaría vigente desde el mismo día de la jura, el 12 de septiembre de 2025.

Laicidad del Estado

   Se eliminó el carácter confesional: la provincia ya no tendrá religión oficial. El nuevo artículo 3 establece que el Estado es neutral, garante de igualdad y no discriminación, y regula la relación con cultos bajo principios de autonomía, cooperación e igualdad.

Sistema de “Ficha Limpia”

   Se incorporó este mecanismo para filtrar candidaturas con antecedentes problemáticos.

Poder Judicial

   Se introdujeron cambios en la Corte Suprema (composición, nombramientos, límites de edad, procedimientos de remoción), y la Corte tendrá competencia originaria en conflictos entre municipios y otros poderes.

   Además, se estableció un límite de 10 años para jueces, posibilidad de reelección, límites, y creación de figuras como el Defensor General Adjunto.

Autonomía Municipal

   Se garantiza autonomía institucional, administrativa y financiera a los municipios.

   Quienes superen 500.000 habitantes podrán dictar cartas orgánicas mediante Convención por ordenanza, y se establecen períodos y condiciones para su elección.

Poder Ejecutivo, Legislativo y juicio político

   Se reformaron múltiples artículos, incluyendo mandatos, estructuras del Poder Legislativo y Ejecutivo, y cláusulas transitorias.

Reelección de autoridades ejecutivas

   Se habilitó la reelección para máximos cargos ejecutivos, lo que permitiría que el gobernador Pullaro pueda presentarse en 2027.

Otros derechos y principios

   Se incluyeron derechos digitales, derecho a la ciudad, políticas públicas, eliminación de fueros y actualización de prerrogativas institucionales.

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