El máximo tribunal de justicia provincial resolvió rechazar el pedido de avocamiento para rechazar en rechazo a la decisión del Tribunal Electoral de habilitar a los jóvenes de 16 y 17 años a votar en los comicios locales. Cómo sigue el proceso.

El voto joven está cada vez más cerca de ser una realidad

   El voto joven en Santa Fe, un paso más cerca. Este martes, la Corte Suprema de Justicia de la provincia resolvió rechazar el pedido de avocamiento realizado por el partido PAIS y el Frente Primero Santa Fe, en rechazo a la decisión del Tribunal Electoral de habilitar a los jóvenes de 16 y 17 años a votar en los comicios locales, y devolvió el expediente al propio Tribunal Electoral, que ya se expidió dos veces a favor del voto joven.

   A través de una resolución emitida este martes, la Corte Suprema definió que no se involucrará en el pleito legal iniciado a partir del pedido de "reconsideración" realizado por el partido PAIS y el Frente Primero Santa Fe con patrocinio del abogado Domingo Rondina. Al contrario, la Corte devolverá las actuaciones al Tribunal Electoral, que ya fijó posición a favor del voto joven a través de dos resoluciones: la primera el 16 de mayo y la segunda el 5 de junio.

   Si queda firme la posibilidad de que los jóvenes de 16 y 17 años puedan votar en los comicios provinciales, este año se sumarán entre 80 mil y 84 mil nuevos electores en todo el territorio provincial, que tendrán el derecho a sufragar en forma optativa y no obligatoria.

   Rechazado el recurso de reconsideración, ahora que la Corte Suprema deberá resolver el planteo de inconstitucionalidad presentado por el partido PAIS y el Frente Primero Santa Fe, espacio desde donde plantearon que la reforma debía realizarse a través de una ley de la Legislatura y no a través de una resolución del Tribunal Electoral, como finalmente ocurrió.

   En las presentaciones realizadas por el partido PAIS y el Frente Primero Santa Fe se detalla entre los "agravios" la incorporación de personas que implica casi un 3% del padrón que "dificulta el acceso de nuestros candidatos a bancas de diputados y concejales incrementando la cantidad de votos necesarios para lograrlo". También indica que el armado de las listas fue confeccionado sin tener en cuenta el nuevo perfil de dichos votantes, lo que los dejaría en inferioridad de condiciones.

   Tras la nueva resolución judicial, el abogado Domingo Rondina aclaró que "la Corte solamente dice que no va a adelantar los tiempos. Tenemos que esperar a que el Tribunal Electoral eleve el expediente normalmente. Y ahí la Corte resolverá. Más tiempo de espera solamente".

   Si la Corte provincial resolviera en contra del planteo realizado por el partido PAIS y el Frente Primero Santa Fe, a los impugnantes solo les quedaría acudir a la Corte nacional para tratar de conseguir un fallo que declare inconstitucional la primera resolución del Tribunal Electoral.

   Fuente judiciales señalaron a AIRE que difícilmente a los impugnantes les den los tiempos para presentar un recurso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sobre todo teniendo en cuenta que el máximo tribunal provincial aún no definió sobre el planteo de inconstitucionalidad.

El Tribunal Electoral de Santa Fe, a favor del voto joven

   El lunes 5 de junio, el Tribunal Electoral de la provincia de Santa Fe rechazó el recurso judicial para frenar la implementación del voto joven a partir de las próximas elecciones, por lo cual alrededor de 80 mil nuevos votantes de 16 y 17 años de edad podrán sufragar en los comicios locales del 16 de julio (PASO) y 10 de septiembre (generales) en todo el territorio santafesino.

   El voto joven en Santa Fe está a un paso de ser una realidad. Así lo dispusieron los integrantes del Tribunal Electoral provincial (TEP) a través de una resolución firmada este lunes por Daniel Erbetta (presidente de la Corte Suprema y del TEP), Pablo Ayala (secretario electoral) y los vocales Armando Luis Drago y Alfredo Ivaldi Atacho.

   La resolución del TEP rechaza el recurso de reconsideración que había sido presentado por el Frente Primero Santa Fe y por el Partido PAIS con patrocinio del abogado constitucionalista Domingo Rondina.

   Los impugnantes habían pedido que se revoque una resolución previa del TEP que habilita a votar a los jóvenes de 16 y 17 años y que se utilice para los comicios locales el padrón que ya se había publicado en forma preliminar el pasado 17 de abril.

   El procurador fiscal electoral, Jorge Barraguirre, ya se había manifestado a favor de habilitar el voto joven. El TEP tomó su dictamen como base y de esa forma rechazó el recurso de reconsideración, por lo que en las próximas elecciones provinciales se usará el mismo padrón que se usará, más adelante, en los comicios nacionales.

   En primer lugar, los integrantes del TEP reafirmaron su competencia para definir sobre el tema, en contra de lo que habían planteado los recurrentes sobre la necesidad de que la reforma se haga a través de una ley y no de una resolución.

   Al respecto, señalaron que “como órgano del Estado (el TEP) tiene encomendada la custodia y protección de los derechos políticos de los habitantes de la provincia de Santa Fe” y añadieron que el mismo organismo “tiene como facultad decidir sobre la elaboración del padrón electoral y resolver los conflictos que derivan de esa elaboración”.

   Además, señalaron que “el sistema electoral debe interpretarse a partir de los principios constitucionales que lo sustentan, en pos de una ampliación de derechos y procurando la mínima restricción de los derechos políticos; y que el caso particular del voto joven constituye materia específica sobre la que versa la competencia electoral”.

   Por otro lado, los integrantes del TEP indicaron que “las alegaciones referidas a la confección del padrón electoral y perfil del voto aparecen insustanciales e insuficientes y remiten a cuestiones técnicas o procedimentales que resultan perfectamente subsanables dentro del proceso electoral”.

   Uno de los argumentos centrales esgrimidos contra el voto joven tenía que ver con la presunta modificación en el umbral de votos que necesitaría cada fuerza política para superar las elecciones PASO y “clasificar” a las generales. Ese piso o umbral es del 1,5% del padrón, motivo por el cual los impugnantes centraron allí el motivo de su petición.

   En su resolución, el TEP aclaró que el umbral no se modifica porque los jóvenes de 16 y 17 años podrán sufragar en forma optativa, por lo cual esos 80 mil nuevos votantes no se suman al padrón sobre el cual se calcula el piso para pasar a las generales

   “Huelga decir que el padrón del voto joven, como categoría de electores que no tienen la obligación de sufragar, no implica elevar el porcentaje del piso de votos por encima del 1,5% habida cuenta que se trata de un sector del padrón que lícitamente puede abstenerse de concurrir al acto electoral, como ya lo ha sostenido el Tribunal oportunamente”, señalaron desde el TEP.

Fuente: Aire de Santa Fe

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