El Ejecutivo rechazó la Ordenanza aprobada en el Concejo por las falencias en el proyecto. Desde el Municipio cuestionó varios puntos del cuerpo la norma, entre ellos que no se establece la autoridad competente para aplicar las sanciones.

El Municipio vetó la obligatoriedad de los debates para candidatos locales.

   Por ahora no serán obligatorios los debates públicos entre candidatos políticos en la ciudad de Sastre. En las últimas horas se informó que la intendencia vetó la Ordenanza Nº 1.268/2021 que establece la obligatoriedad de los debates públicos entre candidatos que aspiren a la intendencia y para ocupar una banca en el recinto legislativo local.

   La norma fue impulsada por el bloque de Juntos por el Cambio y sancionada a fines de abril pasado con el voto doble del presidente del cuerpo legislativo, Leandro Baravalle debido a la oposición de los ediles de la Unión Cívica Radical, Oscar Cagliero y Lorena Carabelli y también del concejal justicialista, Sergio Balbi.

   El proyecto disponía que “todos aquellos candidatos a intendente y concejal de la ciudad de Sastre oficializados para participar en Elecciones Generales, deberán participar de todos los debates públicos organizados por empresas o entidades privadas y/o públicas”.

   En el Decreto del veto total, el Departamento Ejecutivo Municipal aclaró que “no ve como negativo la realización de los debates públicos” y en contraposición de la normativa municipal remarcó varias inconsistencias. Entre ellas, el DEM puntualizó que “la obligatoriedad, se dispone la participación en todos los debates públicos organizados por empresas o entidades privadas y/o públicas sin establecer siquiera mínimos requisitos a reunir por los organizadores, ni límites en cuanto a la cantidad de eventos a realizarse”.

   “No surge regulada la metodología del debate, estableciendo entre otros, tiempo de duración, total, temas a tratar, tiempo de exposición, posibilidad del organizador de efectuar preguntas a los participantes, posibilidad de refutación”, expresa el decreto.

   El proyecto establecía sanciones económicas para los candidatos que no participen de un debate público, a quienes se les impondrá una multa de 200 unidades fijas (cada UF equivale al 50% del valor de un litro de nafta súper). Lo recaudado en concepto de esta Ordenanza, deberá ser depositado en una cuenta especial creada para tal fin y donado, en partes iguales, a los comedores escolares de nuestra localidad, según el texto de la iniciativa. En ese punto, la intendencia indicó que “no surge claro quien resulta autoridad competente para aplicar la penalidad regulada, puesto que se puede llegar a la irrazonable e hipotética conclusión de autosanción a una superior jerárquico”.

   Asimismo, considera que la Ordenanza no se establece quien será la autoridad de aplicación de la normativa propuesta, ya que la ley N° 27.337 (modificatoria del Código Electoral Nacional) resulta la Cámara Nacional Electoral, y en la Ordenanza N° 12.091 (modificatoria de la Ordenanza 10.703), la Junta Municipal Electoral; ambas son facultades definidas (de organización, dirección y disciplinaria entre otras) y con capacidad de resolución de controversias que se presente en la materia.

   “Las carencias de las que adolece la Ordenanza que se analiza, no puede ser suplida por la vía reglamentaria bajo los riesgos de incurrir en un exceso que invada facultades del legislativo”, subrayaron desde el Palacio Municipal.

   Ahora, Juntos por el Cambio necesitará del apoyo de los dos tercios del cuerpo legislativo para rechazar el veto del Ejecutivo y como exigencia deberá intentarlo dentro de las próximas cinco sesiones o reimpulsarán una nueva normativa.

   No es la primera vez que JxC viene hablando de regular los debates entre candidatos. En ese contexto, la concejal del espacio que cuenta con mayoría, Elisabet Bonino afirmó que “cuando nos postulamos a un cargo, debemos explicar y contar a la gente que pensamos, contar nuestros proyectos e ideas, dar la cara”. Y aseguró: “los debates aportan mucho en ese sentido”.

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