Algunos partidos políticos no respetaron el inicio de la campaña, fijada por ley para el viernes 14. De cara a las elecciones para concejal e intendente, el oficialismo en esa ciudad se anticipó con pasacalles.

   La campaña en la ciudad de El Trébol y que se repite en todas las ciudades y pueblos, ya cuenta con su primera gran polémica. Sucede que en su afán de preservar espacios estratégicos en torno a la visualización y presencia ante la sociedad, el oficialismo se adelantó y colocó los primeros pasacalles netamente políticos, en los cuales se proclama la candidatura de Fernando Almada hacia la intendencia y Jesica Ledesma como Concejal, cuestión que la Ley Provincial prohíbe y expresa claramente que la campaña electoral, no podrá iniciarse antes de los 30 días corridos a la fecha de los comicios (las elecciones primarias son el 13 de agosto).

   Por otra parte, en la información que recibió cada uno de los candidatos a través del Tribunal Electoral, en el Cronograma Electoral se detalla mes a mes y día a día los pasos a seguir para obedecer con el cumplimiento preestablecido, que va desde los plazos para la presentación de listas, hasta el inicio de la campaña publicitaria y en tal sentido, dentro del mes de julio, más precisamente el día 14 dice: Inicio de la Campaña Electoral – Art. 22 Ley 12367 – modificado art. 7 Ley 6808 – Art. 31Ley 26571 – 30 días antes de la fecha fijada para la elección.

   Otro dato curioso, es que el día 10 de julio, desde el Ejecutivo se envió un escrito a la totalidad de los candidatos del medio local, pidiendo que en “vísperas de la campaña electoral se respecten aspectos básicos de la convivencia, no pegando carteles o afiches en las columnas de la luz, respetar el alumbrado público para la colocación de pasacalles, como así también el arbolado público, no utilizando alambres y demás elementos que los puedan dañar, entre otros aspectos que hacen al escrito. Sin embargo, se obvió la parte en la cual también debía hacer referencia a los plazos fijados para el inicio mismo de la campaña.

   Seguramente, se debe haber tratado de una confusión y desde el Partido Justicialista local aclararán el tema en cuestión, que si bien no reviste de extrema gravedad, lo que se pretende es algo tan simple, como hacer cumplir y respetar las leyes.

Lo que dice la Ley Provincial

   La legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley. En ese contexto, el artículo 3 se refiere a la limitación proselitista. “Las campañas electorales no podrán iniciarse antes de los treinta (30) días corridos de la fecha fijada para el comicio, no pudiendo extenderse durante las cuarenta y ocho (48) horas previas a la iniciación del acto comicial. Queda prohibida la publicidad proselitista de todo tipo, fuera de dicho plazo…”, indica.

   Asimismo, el artículo 5 precisa las saciones por incumplimiento. “Los actores políticos que incumplieren lo dispuesto en la presente ley, perderán el derecho a percibir contribuciones, subsidios y todo otro recurso de financiamiento, por un plazo de uno (1) a cuatro (4) años, pudiendo además ser sancionados con multas de hasta pesos cien mil ($ 100.000), según lo disponga la autoridad de aplicación en cada caso…”, manifiesta.

   Por su parte, el artículo 128 del Código Electoral Nacional establece sanciones más severas, como que el partido político que incumpliera los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en televisión, radio y medios gráficos perderá el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo de uno a cuatro años y los fondos para el financiamiento de campaña hasta por dos elecciones.

Fuente: El Informativoonline

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