El municipio lanzó el "Banco de Tierras", un programa social para que los trabajadores tengan acceso al primer lote para construir sus viviendas.

El proyecto contempla un relevamiento y reserva de tierras públicas de la ciudad.

   Desde el pasado jueves y hasta el 10 de enero del 2020 inclusive, estará abierto el registro de aspirantes para la adquisición de terrenos del programa "Banco de Tierras" lanzado por la Municipalidad de El Trébol. Los interesados, deberán acercarse a la oficina del Área Social Municipal, de lunes a viernes, de 8 a 11, y tendrán que presentarse con fotocopias del documento de identidad del grupo familiar conviviente con domicilio en la ciudad y residencia efectiva -comprobable continuada por no menos de cinco años- y comprobante de ingresos, recibos de sueldo o constancia de monotributo.

   El programa para la adquisición de tierras es un proyecto social que tiene el objetivo de facilitar el acceso al primer terreno a los trabajadores.

   La iniciativa propone un relevamiento y una reserva de las tierras públicas, para destinar al loteo de terrenos para viviendas de familias que carecen de ellas, y también, para la creación de espacios públicos de uso comunitario, educativo, social, cultural, artístico, deportivo o productivo.

   El equipo intramunicipal que diagramó y reglamentó el programa tiene ahora la responsabilidad de realizar un seguimiento permanente del desarrollo y la ejecución de las acciones que surjan del banco.

   "Planteamos un relevamiento de tierras de propiedad municipal con la idea de que a través del banco de tierras los terrenos se pongan a disposición de la ciudadanía, básicamente orientada a la construcción de la primera vivienda familiar", explicó el intendente Fernando Almada.

Requisitos

   Para participar de los procesos de adjudicación, las personas físicas deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos, excepto que se trate de una licitación especial: ninguno de los integrantes del grupo conviviente debe ser propietario de otro bien inmueble; los familiares en línea recta ascendente de los integrantes del grupo conviviente no deben ser propietarios de más inmuebles que cantidad de hijos tenga o cuando el terreno que posea resulte apto para subdivisión, estimada suficiente para utilizar en otra construcción.

   Todos los miembros mayores del núcleo familiar deberán ser ciudadanos argentinos nativos, por adopción con una antigüedad de dos años de la fecha de solicitud de cesión, y en caso de ser extranjero, tener una residencia comprobable en la ciudad de cinco años. Los miembros mayores del núcleo familiar deberán demostrar domicilio y residencia efectiva, comprobables continuada en la ciudad por no menos de cinco años y no ser beneficiario de planes de viviendas oficiales o créditos hipotecarios para la compra o construcción de vivienda, al momento de la presentación. El reglamento del programa también prevé requisitos para las personas jurídicas que se presenten para beneficiarse de los alcances del programa.

Fuente: La Capital

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