Comenzará el 6 de abril y se extenderá hasta el 22 del mismo mes. Además, presentaron nueva modalidad de adquisición de medicamentos para afiliados.
El Iapos definió el cronograma de vacunación antigripal.
El Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (IAPOS) informa que a partir de este lunes 6 de abril se comenzará con el cronograma de vacunación antigripal a los benficiarios incluidos en los grupos de riesgo.
La vacunación estará disponible para la población de riesgo, especificada por el Ministerio de Salud, integrada por: personal de salud, mayores de 65 años; embarazadas y puérperas; niños de seis a 24 meses de edad.
Además, se incluyen en este grupo a personas entre los dos años y hasta los 64 que tengan enfermedades respiratorias; enfermedades cardíacas; inmunodeficiencias congénitas o adquiridas; pacientes oncológicos/oncohematológicos y trasplantados; obesos mórbidos, diabéticos; insuficiencia renal crónica avanzada; retraso madurativo grave en menores de 18 años de edad, síndromes genéticos; enfermedades neuromusculares con compromiso respiratorio y malformaciones congénitas graves; convivientes de enfermos oncológicos/oncohematológicos y de prematuros menores de 1.500 gramos y otras patologías determinadas por la resolución ministerial.
Cronograma
Desde el 6 al 9 de abril se priorizará la vacunación de los beneficiarios mayores de 65 años que se encuentran en instituciones geriátricas y afiliados en internación domiciliaria, entregándose en su lugar de residencia sin la necesidad de realizar trámites.
Para el resto de la población de riesgo, a partir del miércoles 8 se estableció una modalidad de entrega de turnos de acuerdo a la terminación del documento de identidad, con el objetivo de organizar la vacunación respetando las medidas de distanciamiento y aislamiento social preventivo y obligatorio.
Para solicitar turno, los afiliados deberán contactarse con su farmacia habitual de acuerdo al siguiente cronograma:
– Miércoles 8 los beneficiarios cuyo de documento termine con el número 0.
– Jueves 9 se deberán comunicar los afiliados con terminación 1.
– Lunes 13 los que el número de documento concluya con 2.
– Martes 14 los que terminen en 3.
– Miércoles 15 los que terminen en 4.
– Jueves 16 los que terminen en 5.
– Viernes 17 los que terminan en 6.
– Lunes 20 los que terminan en 7.
– Martes 21 los que terminan en 8.
– Miércoles 22 las terminaciones en 9.
Por otra parte, el IPOS informa a sus afiliados que, a raíz de la necesidad de procurar el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio dispuesto por DNU 297/2020, ha avanzado en la articulación de un nuevo sistema para la dispensa de medicamentos en farmacias que entrará en vigencia a partir del 1° de abril.
En este contexto, se ha decidido prorrogar el vencimiento de las fichas de tratamiento cuya vigencia terminaba entre el 15 de febrero y el 15 de abril, postergándose la misma hasta que finalice la emergencia sanitaria.
Asimismo, durante el período de excepción, los pacientes crónicos y/o con fichas de tratamiento en curso, podrán concurrir directamente a la farmacia para adquirir sus medicamentos, SIN la necesidad de entregar la receta médica en papel. El sistema generará una receta automática que impactará directamente en el validador de farmacia, evitando al beneficiario la necesidad de concurrir al médico tratante para solicitar la misma.
En los caso de afiliados que se encuentren en Tratamientos oncológicos y especiales - en los que el médico ya realiza ficha electrónica - se requiere que el paciente solicite previamente a su médico tratante la prescripción electrónica de la receta. Una vez confeccionada, la misma será captada por el sistema e identificada por el número de emisión. El médico podrá enviar la prescripción electrónica originada en el sistema por correo electrónico o foto de whatsApp al afiliado. La receta llega a la farmacia mediante cualquiera de estas vías, respetándose igual mecánica para la provisión de los medicamentos.
Para los inicios de tratamientos y el resto de las prescripciones médicas, se requiere que el paciente solicite previamente a su médico tratante la prescripción de la receta oficial en el formato que utiliza habitualmente el profesional, respetando la misma mecánica para la adquisición de los medicamentos.
En cualquiera de los casos, los afiliados podrán solicitar asesoramiento sobre la cobertura de medicamentos por mensaje de whatapp al 342-553 2737 o en farmacia de confianza
Formatos de Recetas aceptados como válidos en Farmacias Prestadoras
Recetas Manuales: Son las cumplimentadas de puño y letra por el medico prescriptor en el recetario oficial de IAPOS. Se recuerda que usted puede imprimir los recetarios oficiales en la página de IAPOS, www.iapossantafe.gob.ar “Recetarios” (http://online.colfarsfe.org.ar/iapos/ImpresionRecetas).
Recetas Electrónicas Impresas: Aquellas recetas oficiales generadas electrónicamente, impresa, firmada y sellada por el médico tratante.
Recetas Electrónicas Digitales: aquellas recetas oficiales generadas electrónicamente en el sistema oficial de IAPOS, NO impresas. El Afiliado las presentará a través de un teléfono móvil (o cualquier dispositivo electrónico) desde donde se podrá leer código QR correspondiente. En este caso no se requiere la presentación de receta impresa.
Receta automáticas predeterminadas: Estarán vigentes solo durante la emergencia sanitaria con vigencia 1 de Abril de 2020. El paciente brindará a la farmacia su número de documento y ésta podrá consultar en su sistema informándole cuales tiene disponibles en esta modalidad. En este caso, no requiere la presentación de receta impresa ni digital, solo debe consultar a su farmacéutico.
En este caso los afilidos tendrán además la posibilidad de consultar las recetas predeterminadas generadas por el sistema accediendo al botón “Recetario” de la página de la obra social, www.iapossantafe.gob.ar e iniciando sesión con su usuario y contraseña.





