Lo recordó el Ministerio de Medio Ambiente recuerda que está. La medida se enmarca en las políticas y programas orientados a incrementar la cantidad de árboles en el territorio santafesino. A tal fin, los municipios y comunas deberán remitir un informe de los trabajos realizados en la materia antes del 1° de marzo.

   El Ministerio de Medio Ambiente de la provincia recuerda que está vigente la ley Nº 9004, y su Decreto Reglamentario 0763/83, de Defensa del Arbolado Público que prohíbe la poda y/o extracción de aquellos ejemplares arbóreos ubicados en lugares destinados al uso público provincial, municipal y comunal, tales como banquinas de rutas y caminos rurales, veredas, plazas, parques y predios destinados a escuelas y hospitales.

   Estas acciones se enmarcan en las políticas y programas que impulsa el gobierno de la provincia para promover e incrementar la cantidad de árboles en el territorio santafesino, como así también la gestión integral del arbolado público por parte de los gobiernos locales.

INFORME TÉCNICO

   En ese marco, los municipios y comunas deben remitir antes del 1º de marzo de cada año un informe técnico de los trabajos realizados, en el transcurso del año precedente, en materia de arbolado público –poda, extracción, forestación, localización y plano de referencia, especies y cantidad de ejemplares por especie– como así también los previstos para el año en curso.

   El informe debe estar avalado por un profesional responsable que brinde el asesoramiento respectivo a los municipios y comunas, debiendo controlar también la correcta concreción de los trabajos que se autoricen. En el caso de que la localidad tenga vigente un convenio de delegación de facultades de poda y extracción con el Ministerio de Medio Ambiente, deberá cumplir con lo establecido en el mismo.

CONVENIOS Y PROGRAMAS VIGENTES

   Con el fin de asegurar el eficaz cumplimiento de la ley 9004 y su reglamentación, el Ministerio de Medio Ambiente de la provincia suscribe convenios con municipios y comunas, quienes deben contar con el asesoramiento técnico de un profesional en la materia; delegando la facultad de decidir y ejecutar la extracción y poda del arbolado público en su jurisdicción territorial (tanto urbana como rural), ajustándola a la reglamentación vigente; no así las facultades de control e inspección.

   Dentro de los programas vigentes, el Programa “Para cada Santafesino Un Árbol” creado en el año 2011 (Decreto N° 0715) desarrolla líneas de acción tendientes a incrementar la biomasa forestal pública en todo el territorio de la provincia como herramienta frente al cambio climático y contingencias ambientales, dada la prestación de servicios ambientales forestales; privilegiando su plantación en los espacios públicos; fomentando la creación de viveros forestales locales; y brindando asesoramiento técnico para promover el uso sustentable de las especies nativas.

CONSULTAS E INFORMES

   Para mayor información, los interesados podrán dirigirse a la Dirección General de Recursos Naturales y Ecología, Patricio Cullen 6161, de la capital provincial, teléfono 0342-4579210; a la Dirección Provincial Delegación Zona Norte, Patricio Diez 716, planta alta, oficina 14, de la ciudad de Reconquista; o a la Dirección Provincial Delegación Zona Sur, Montevideo 970, de Rosario, teléfonos 0341 - 4721117, 4721535, 4294100.

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