Desde este lunes, tanto el movimiento de vehículos como la actividad de locales gastronómicos deberá cesar de 0.30 a 6, de lunes a viernes. En tanto sábados, domingos y feriados será de 1.30 a 6. La medida es para toda la provincia.
Este lunes entró en vigencia el decreto que firmó el pasado sábado el gobernador Omar Perotti, que establece límites a la circulación de vehículos y a los horarios para la actividad comercial nocturna en toda la provincia de Santa Fe y ningún departamento está exceptuado.
La medida adhiere con modificaciones al criterio fijado por el gobierno nacional por la suba de contagios de coronavirus. El decreto provincial 006 del 9 de enero de 2021 adhirió a las disposiciones del Poder Ejecutivo Nacional (decreto N° 4/21).
Según la normativa, a partir del lunes 11, "queda restringida, en todo el territorio provincial, la circulación vehicular en la vía pública a la estrictamente necesaria para realizar actividades habilitadas en el marco del distanciamiento social, preventivo y obligatorio".
La resolución detalla que eso será "de lunes a viernes inclusive: entre la 0.30 y las 6". Mientras que "sábados, domingos y feriados entre la 1.30 y las 6". Se trata de un rango menor al fijado por Nación, que recomendaba desde las 23 y hasta las 6, según la situación epidemiológica.
"Las actividades habilitadas deberán ajustar sus horarios de funcionamiento a lo dispuesto en el párrafo precedente, excepto que se trate de aquéllas definidas como esenciales en la emergencia por las normas nacionales o provinciales que rigen sobre el particular", aclara del decreto.
Los mismos límites horarios rigen para la apertura de locales gastronómicos los siguientes: hasta las 0.30 los días de semana y hasta la 1.30 los fines de semana y feriados.
Eso comprende a: bares, restaurantes, heladerías, y otros, con y sin concurrencia de comensales, induyendo las actividades de envíos a domicilio; y los salones de eventos, de fiestas y similares, habilitados como bares o restaurantes por las autoridades municipales y comunales.
Asimismo, el decreto establece que las autoridades municipales y comunales podrán disponer en sus respectivos distritos, en consulta con el Ministerio de Salud, mayores restricciones a los horarios de circulación nocturna omo así también la suspensión temporaria de actividades habilitadas, cuando las condiciones epidemiológicas de cada localidad así lo exijan..